Desde la entrada en vigor del RGPD en mayo de 2018, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se ha posicionado como una de las autoridades de control más activas de Europa. En 2026, el balance es contundente: España es el país europeo que más sanciones RGPD ha impuesto en número total, con miles de resoluciones y decenas de millones de euros en multas acumuladas. Comprender estas sanciones, sus motivos y los importes en juego es esencial para cualquier responsable de tratamiento que opere en el mercado español.
Las sanciones AEPD más significativas
Desde el RGPD, la AEPD dispone de poderes sancionadores considerablemente reforzados: las multas pueden alcanzar los 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual mundial. España se distingue en Europa por el gran volumen de procedimientos sancionadores abiertos. Estas son las 15 sanciones más significativas pronunciadas en España.
Las multas más elevadas (más de 1 millón de euros)
Las sanciones más cuantiosas han afectado a grandes operadores de telecomunicaciones y entidades financieras. La AEPD ha impuesto multas multimillonarias a operadores de telefonía por realizar llamadas comerciales sin consentimiento y por fallos en la verificación de identidad de clientes. Entidades bancarias han sido sancionadas con importes superiores a 5 millones de euros por tratamientos ilícitos de datos y por deficiencias en la gestión del consentimiento.
Plataformas de publicidad y redes sociales también han recibido sanciones importantes por la instalación de cookies sin consentimiento previo y por transferencias internacionales de datos sin garantías adecuadas. Empresas del sector energético han sido multadas por prácticas abusivas de contratación con uso indebido de datos personales de consumidores.
Multas intermedias (50.000 € a 1 millón de euros)
Este segmento es particularmente relevante, ya que afecta a empresas de tamaño mediano e ilustra los errores más comunes en España. La AEPD ha sancionado regularmente:
- Empresas de telemarketing y call centers por llamadas comerciales a números inscritos en la Lista Robinson (multas de 50.000 € a 300.000 €)
- Negocios de comercio electrónico por instalar cookies de seguimiento sin consentimiento (multas de 60.000 € a 200.000 €)
- Comunidades de propietarios y empresas de seguridad por sistemas de videovigilancia no conformes (multas de 50.000 € a 150.000 €)
- Centros de salud y clínicas por protección insuficiente de datos de pacientes (multas de 100.000 € a 500.000 €)
- Empresas de suministros por contrataciones fraudulentas con datos de terceros (multas de 75.000 € a 400.000 €)
Multas que afectan a pymes y autónomos (1.000 € a 50.000 €)
España destaca en Europa por el volumen de sanciones a pequeñas estructuras. La AEPD ha sancionado a miles de pymes y autónomos con importes que van desde los 1.000 a los 50.000 euros. Estos procedimientos suelen referirse a incumplimientos básicos: ausencia de política de privacidad en la web, videovigilancia sin señalización adecuada, envío de comunicaciones comerciales sin consentimiento, o cesión de datos a terceros sin base legal.
Comercios locales han sido sancionados por cámaras de seguridad que grababan la vía pública. Profesionales sanitarios han recibido multas por compartir datos de pacientes sin autorización. Estos casos demuestran que ninguna estructura, por pequeña que sea, está a salvo.
Los 5 motivos de sanción más frecuentes en España
El análisis de las resoluciones de la AEPD revela patrones muy definidos en los motivos de sanción.
1. Comunicaciones comerciales no solicitadas (SPAM)
España es el país europeo con más sanciones por envío de comunicaciones comerciales sin consentimiento. La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) y el RGPD exigen consentimiento previo y explícito. Las empresas que realizan llamadas comerciales, envían SMS o emails publicitarios sin consentimiento se exponen a sanciones frecuentes. La AEPD tramita miles de denuncias al año relacionadas con este motivo.
2. Videovigilancia no conforme
La videovigilancia es el segundo motivo de sanción más frecuente de la AEPD. Las infracciones más comunes incluyen: cámaras que graban espacios públicos o propiedades vecinas, ausencia de carteles informativos, falta de registro de actividades de tratamiento, y conservación excesiva de las grabaciones (el plazo máximo es de 30 días según la LOPDGDD).
3. Tratamiento ilícito de datos (artículo 6 RGPD)
El artículo 6 del RGPD exige una base jurídica para todo tratamiento de datos personales. La AEPD sanciona regularmente a empresas que tratan datos sin consentimiento válido, que utilizan datos para finalidades no previstas, o que ceden datos a terceros sin base legal. Este motivo afecta especialmente al sector de telecomunicaciones y energía. Para saber si su empresa está afectada por el RGPD, consulte nuestra guía sobre el ámbito de aplicación del RGPD.
4. Defecto de información a los interesados (artículos 13 y 14 RGPD)
Los artículos 13 y 14 del RGPD exigen una información clara y completa a las personas cuyos datos se recogen. La AEPD sanciona a las empresas cuyos sitios web carecen de política de privacidad, cuyas cláusulas informativas son insuficientes, o que no informan adecuadamente sobre el uso de cookies y herramientas de seguimiento.
5. Fallos de seguridad (artículo 32 RGPD)
El artículo 32 del RGPD impone medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos. Las vulnerabilidades más sancionadas en España incluyen: accesos no autorizados a datos de clientes, filtraciones por configuraciones erróneas, almacenamiento de contraseñas sin cifrar, y ausencia de protocolos de gestión de brechas de seguridad.
¿Cómo calcula la AEPD el importe de las multas?
La AEPD aplica los criterios del artículo 83 del RGPD, pero también tiene en cuenta los factores agravantes y atenuantes de la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018):
- Naturaleza y gravedad de la infracción: la LOPDGDD clasifica las infracciones en leves (hasta 40.000 €), graves (hasta 300.000 €) y muy graves (hasta 20 millones de euros)
- Número de personas afectadas: cuantas más personas estén afectadas, mayor será la multa
- Carácter intencional o negligente: la negligencia caracterizada se castiga con mayor severidad
- Vinculación con la Lista Robinson: en España, la falta de consulta de la Lista Robinson (sistema de exclusión publicitaria) es un agravante específico
- Medidas correctivas adoptadas: la reactividad de la empresa es una circunstancia atenuante
- Cooperación con la AEPD: la cooperación activa puede reducir significativamente la sanción
La AEPD también ofrece la posibilidad de reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario, que permiten reducciones del 20 % cada una (acumulables hasta un 40 % de reducción).
Tendencias recientes: la AEPD en 2024-2026
La AEPD ha evolucionado significativamente su estrategia de enforcement:
Volumen récord de resoluciones: España mantiene su posición como el país europeo con más procedimientos sancionadores, con cientos de resoluciones anuales.
Foco en telecomunicaciones y energía: estos dos sectores acumulan un porcentaje desproporcionado de sanciones, principalmente por prácticas de contratación fraudulenta y comunicaciones comerciales no solicitadas.
Inteligencia artificial: la AEPD ha publicado guías específicas sobre el uso de IA y tratamiento automatizado de datos, y ha comenzado a investigar prácticas de empresas que utilizan modelos de IA sin las garantías adecuadas.
Cooperación europea: a través del mecanismo de ventanilla única, la AEPD participa en procedimientos transfronterizos con otras autoridades europeas. Varias sanciones importantes resultan de investigaciones coordinadas.
Cómo proteger su empresa de las sanciones AEPD
Ante estos riesgos, el cumplimiento no es una opción, sino una necesidad. Estas son las acciones prioritarias:
Contratar un abogado especializado (500-2.000 € por una auditoría completa): un abogado en protección de datos realizará una auditoría exhaustiva de sus prácticas. Es la solución más completa, pero también la más costosa y lenta.
Hacerlo uno mismo con plantillas en línea (0 € pero arriesgado): existen plantillas de política de privacidad y registro de tratamientos, pero a menudo no cubren las especificidades de la legislación española (LOPDGDD). El riesgo de lagunas es alto.
Usar una IA genérica (ChatGPT, Claude) (0 € + revisión de abogado 150-300 €): estas herramientas pueden producir borradores, pero las especificidades del RGPD y la LOPDGDD requieren una experiencia que las IAs generalistas no siempre dominan.
Usar una IA jurídica especializada (14,90-19,90 €): soluciones como WebLegal.ai generan todos sus documentos legales obligatorios — política de privacidad, política de cookies, condiciones de uso, condiciones de venta — en minutos, conformes al RGPD y adaptados a su actividad.
Conclusión
Las sanciones de la AEPD ya no son amenazas teóricas: España es el país europeo con más procedimientos sancionadores en materia de protección de datos. Los importes siguen aumentando y los motivos de sanción cubren frecuentemente incumplimientos básicos — comunicaciones comerciales sin consentimiento, videovigilancia irregular, ausencia de política de privacidad. Para evaluar los riesgos específicos de su sitio web, consulte nuestra guía sobre sitios web no conformes al RGPD y sus sanciones. En 2026, la pregunta ya no es si será inspeccionado, sino cuándo. Actúe ahora para proteger su empresa.